Artículos archivados en 14 octubre 2011

  • Consignado Proyecto de Ley de Presupuesto 2012 ante el Parlamento

    El Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas consignó en la Secretaría de la Asamblea Nacional los proyectos de Ley de Endeudamiento para el Ejercicio Fiscal 2012 y Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Fiscal 2012.

    También se consignó el Plan Operativo Anual, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 10, 38 y 80 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, y al artículo 37 de la Ley Orgánica de Planificación.

    El punto número uno de la Cuenta de la sesión ordinaria del próximo martes 18 de octubre, plantea la comunicación de la remisión de los proyectos de los dos instrumentos legales y del Marco Plurianual 2012-2013, enviada por el ministro de Planificación y Finanzas, Jorge Giordani, al presidente del Poder Legislativo, diputado Fernando Soto Rojas.

    En ese sentido, Giordani tendrá un derecho de palabra en la sesión ordinaria del jueves 20 de octubre para hacer la presentación de las normas jurídicas, así como del Plan Operativo Anual.

    Marco Jurídico

    El presupuesto público expresa los planes nacionales regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país, según lo establece el artículo 10 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público.

    Asimismo, que el Plan Operativo Anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Finanzas, será presentado a la Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del Proyecto de Ley de Presupuesto.

    “El Proyecto de Ley de Presupuesto será presentado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional antes del quince de octubre de cada año. Será acompañado de una exposición de motivos que, dentro del contexto de la Ley del Marco Plurianual del Presupuesto y en consideración del acuerdo de la Asamblea Nacional a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, exprese los objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones adicionales relativas a la metodología utilizada para las estimaciones de ingresos y fuentes financieras y para la determinación de las autorizaciones para gastos y aplicaciones financieras, así como las demás informaciones y elementos de juicio que estime oportuno”, dice el artículo 38 de la normativa.

    La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, también establece en su artículo 80, que conjuntamente con el Proyecto de Ley de Presupuesto, el Ejecutivo presentará a la Asamblea Nacional, para su autorización mediante ley especial que será promulgada simultáneamente con la Ley de Presupuesto, el monto máximo de las operaciones de crédito público a contratar durante el ejercicio presupuestario respectivo por la República, el monto máximo de endeudamiento neto que podrá contraer durante ese ejercicio, así como el monto máximo en Letras del Tesoro que podrán estar en circulación al cierre del respectivo ejercicio presupuestario.

    Finalmente, el artículo 37 de la Ley Orgánica de Planificación dice que el Ministerio de Finanzas debe presentar el Plan Operativo Anual Nacional a la Asamblea Nacional, en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del Proyecto de Ley de Presupuesto.