Artículos archivados en 19 septiembre 2011

  • Procurador General: Leopoldo López fue sentenciado por ilícitos administrativos y penales

    El procurador general de la República, Carlos Escarrá, ratificó este lunes que el ex alcalde de Chacao Leopoldo López fue sentenciado por la justicia venezolana tras comprobarse su culpabilidad en una serie de ilícitos administrativos y penales.

    Entrevistado en el programa Toda Venezuela, que transmite Venezolana de Televisión (VTV), Escarrá recordó que López fue hallado culpable por delitos como concierto para delinquir, tráfico de influencia, contratos entre personas vinculadas, así como desviación y malversación de fondos.

    “El 23 de diciembre de 1998, luego que Chávez ganara las elecciones, Leopoldo López recibe dos cheques, justo antes de la toma de posesión de Chávez: un cheque por 60 millones y otro por 25 millones, de parte de la gerencia de Relaciones Públicas de Pdvsa, que la dirigía su mamá. López era empleado de Pdvsa, era analista de entorno, y esos cheques se les entrega a la asociación civil Primero Justicia para la constitución del partido, sin recaudos, sin soporte, sin absolutamente nada”, relató.

    Escarrá explicó que estas irregularidades originaron una investigación por parte de la Contraloría General de la República. Luego de esa investigación y posterior averiguación, etapas normativas del procedimiento administrativo donde participó López, “se determinó que existía tráfico de influencia, concierto para delinquir, contratos entre personas vinculadas, es decir, una serie de ilícitos administrativos e ilícitos penales castigados por la ley de contraloría y el código penal”.

    Luego de esta sentencia, López interpuso un recurso de consideración, que “se le declara sin lugar, y el contralor general de la República, como prevé el artículo 105 de la Constitución, firma el auto de responsabilidad administrativa e impone la sanción, que es complementaria de inhabilitación por tres años. Él interpone unos recursos en la sala político administrativa y son declarados sin lugar”.

    Con respecto al segundo caso, sobre malversación de fondos, el procurador recordó: “Leopoldo López agarró de una partida presupuestaria que era la de pago a entidades federales, porque los municipios del área Metropolitana de Caracas tienen que aportar 10% de sus ingresos brutos a la alcaldía Metropolitana, y López sustrajo dinero de allí y lo utilizó para otras cosas».

    “Eso es desviación de fondos, malversación de fondos y, de hecho, parte de ese dinero nadie sabe a dónde fue a parar», destacó. Por ese motivo se le abrió una segunda investigación «y, al final, él interpuso un recurso de nulidad contra el (artículo) 105 de la Constitución, que fue declarado sin lugar, e interpuso unos recursos en la sala político administrativa, declarados también sin lugar”.

    Escarrá resaltó que antes de que la sala Político Administrativa dictara su sentencia, López se dirigió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, «violando el normal desenvolvimiento de las estructuras de derecho y del propio organismo internacional pues, para acudir a ésta, primero deben agotarse todas las instancias internas».